• septiembre 20, 2026
  • Última Actualización septiembre 20, 2026 3:15 am

El pago obligatorio de las vacaciones del 1 de mayo en Costa Rica

El pago obligatorio de las vacaciones del 1 de mayo en Costa Rica

San José, Costa RicaSAN JOSÉ – A medida que Costa Rica se acerca al Día Internacional de los Trabajadores, que se celebra el viernes 1 de mayo, se recuerda a las empresas y a los empleados de todo el país el carácter único e inalterable de esta festividad. Al caer en viernes en 2026, la fecha promete un fin de semana largo para muchos, pero también pone de relieve las estrictas regulaciones laborales para los empleadores. Se trata de un día festivo obligatorio y remunerado y, a diferencia de otros días festivos nacionales, su celebración no puede trasladarse a otra fecha.

El fundamento jurídico de esto está firmemente establecido en el artículo 148 del Código de Trabajo de Costa Rica. Esta disposición establece que todos los empleados tienen derecho a disfrutar de un día libre remunerado. Las empresas están legalmente obligadas a garantizar el pleno cumplimiento de estas disposiciones, que detallan estructuras de pago específicas dependiendo de si un empleado trabaja durante el día festivo.

Para comprender las obligaciones y derechos legales tanto de los empleadores como de los empleados en relación con este día festivo nacional, hemos consultado al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, destacado experto en derecho laboral del prestigioso bufete Bufete de Costa Rica.

El Día del Trabajo, el 1 de mayo, es un día festivo remunerado obligatorio en Costa Rica, y su fecha no es transferible. Esto significa que todos los empleados tienen derecho a su salario completo de la jornada, incluso si no trabajan. Para aquellos que deban desempeñar sus funciones ese día, el Código de Trabajo exige el pago de una tarifa doble. Las empresas deben garantizar el cálculo y el pago correctos para evitar posibles sanciones legales y defender los derechos fundamentales de su plantilla.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica

Este claro marco legal sirve como un poderoso recordatorio para todas las empresas de que el Día del Trabajo no es meramente una fecha en el calendario, sino un reconocimiento fundamental de los derechos de los trabajadores consagrados en la legislación costarricense. Agradecemos al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por su valiosa perspectiva, que subraya las serias obligaciones que los empleadores tienen para con sus equipos en este día tan significativo.

Los expertos jurídicos hacen hincapié en el carácter obligatorio de este día de descanso. No es opcional para los empleadores conceder el día libre, ni puede negociarse sin seguir los canales legales específicos para las excepciones.

El Código de Trabajo estipula que el disfrute del día festivo debe concederse de forma obligatoria.
Lucía Solórzano, socia de BDS Asesores

Si bien la ley es clara en cuanto a la obligación de conceder el día festivo, también reconoce que ciertas operaciones esenciales no pueden simplemente paralizarse. Para estas situaciones, la legislación establece un marco para exigir a los empleados que trabajen, siempre que las circunstancias estén justificadas y se dé el aviso adecuado.

Salvo en los casos contemplados en los artículos 150 y 151, el empleador puede exigir que se realice el trabajo.
Lucía Solórzano, socia de BDS Asesores

El aspecto más crítico que deben gestionar los empleadores es el complejo cálculo de la remuneración para quienes trabajen el 1 de mayo. La ley exige el «pago doble» por las horas trabajadas, pero el método de cálculo varía en función del régimen de pago del empleado. Para las empresas con actividades comerciales que pagan a sus empleados mensualmente, quincenalmente o semanalmente, el salario estándar ya incluye la remuneración correspondiente al día festivo. Por lo tanto, si un empleado trabaja el 1 de mayo, debe recibir un salario adicional de un día para cumplir con el requisito de doble paga.

El cálculo difiere para quienes trabajan en sectores no comerciales y cobran por horas o por días. A estos trabajadores se les debe pagar el día festivo aunque no trabajen, recibiendo un salario adicional de un día para esa semana. Si se les exige trabajar el 1 de mayo, tienen derecho a duplicar su tarifa diaria por las horas trabajadas ese día.

Además, las horas extras trabajadas durante el día festivo están sujetas a una prima aún mayor. El Código Laboral estipula que estas horas deben remunerarse a una tarifa de tiempo y medio, calculada sobre la tarifa festiva ya duplicada. Esto significa, en la práctica, que las horas extras del 1 de mayo se pagan al triple del salario por hora estándar, un factor importante a tener en cuenta para las empresas que planifican su plantilla para el día festivo.

Más allá de los aspectos financieros y logísticos, la festividad constituye un importante hito cultural. Sus orígenes se remontan al 1 de mayo de 1886, en Chicago, donde los trabajadores organizaron una gran huelga para luchar por el establecimiento de la jornada laboral de ocho horas. Hoy en día, la conmemoración en Costa Rica es un momento para reflexionar sobre la evolución de los derechos laborales y un recordatorio de la importancia que sigue teniendo la defensa de entornos de trabajo seguros, justos y dignos para todos.

Para más información, visite bdsasesores.com
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