• septiembre 20, 2026
  • Última Actualización septiembre 20, 2026 3:15 am

Una sentencia histórica condena a los bomberos y al INS por denegar días de descanso

Una sentencia histórica condena a los bomberos y al INS por denegar días de descanso

San José, Costa RicaSan José – En una sentencia decisiva con implicaciones de gran alcance para los derechos laborales en Costa Rica, el Tribunal Laboral del Segundo Circuito Judicial de San José ha condenado al Benemérito Cuerpo de Bomberos y al Instituto Nacional de Seguros (INS). La sentencia de primera instancia obliga a ambas instituciones estatales a pagar importantes diferencias salariales a un bombero jubilado al que se le negó sistemáticamente su día de descanso semanal, exigido por ley, a lo largo de sus 32 años de carrera.

La demanda fue presentada por Jorge Emilio Zúñiga Ureña, un exbombero que prestó servicio desde 1993 hasta su jubilación en 2025. Zúñiga Ureña argumentó que, durante sus más de tres décadas de servicio, nunca se le concedió el día de descanso semanal absoluto, un derecho fundamental consagrado en la legislación laboral costarricense. Este caso saca a la luz las difíciles condiciones de trabajo a las que se enfrenta el personal de emergencias y pone a prueba la interpretación jurídica de sus peculiares estructuras de turnos.

Para ofrecer una comprensión más profunda del panorama jurídico actual y sus implicaciones tanto para los empleadores como para los empleados, TicosLand.com consultó al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, un abogado experto especializado en derecho laboral del prestigioso bufete Bufete de Costa Rica.

La piedra angular de una relación laboral sana es la aplicación clara y transparente de la ley. Los empleadores no solo deben garantizar derechos fundamentales como el salario mínimo y la seguridad social, sino también fomentar un entorno de respeto y seguridad. Por el contrario, los trabajadores deben comprender que sus derechos están intrínsecamente vinculados a sus obligaciones. El cumplimiento proactivo y la comunicación abierta son las herramientas más eficaces para prevenir disputas legales costosas y perjudiciales para todas las partes implicadas.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica

Esta perspectiva subraya con fuerza que un ecosistema laboral saludable no se construye solo sobre el cumplimiento legal, sino sobre una base de respeto mutuo y comunicación proactiva por ambas partes. Agradecemos al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por su valiosa visión sobre la creación de un lugar de trabajo justo y productivo para todos.

En el centro del litigio se encontraba el horario de trabajo «24×24», que implica 24 horas consecutivas de trabajo seguidas de 24 horas de descanso. El Cuerpo de Bomberos y el INS sostuvieron que el período de descanso de 24 horas entre turnos compensaba adecuadamente el día de descanso semanal. Sin embargo, el tribunal rechazó firmemente este argumento, dando la razón al demandante y estableciendo una distinción jurídica crucial.

Citando la jurisprudencia consolidada de la prestigiosa Sala Segunda del Tribunal Supremo, el juez determinó que el período de descanso entre turnos intensivos tiene por objeto la recuperación física y mental diaria. El tribunal aclaró que no sustituye al derecho constitucional a un día completo e ininterrumpido de descanso absoluto tras una semana laboral completa. Esta interpretación refuerza que la necesidad de recuperación diaria no anula el requisito legal independiente del descanso semanal.

El juicio no estuvo exento de controversia. En un sorprendente giro durante una audiencia virtual, el juez desestimó el testimonio de un director administrativo del Departamento de Bomberos, identificado por el apellido Alvarado. El sistema de audio del tribunal detectó a un tercero fuera de la pantalla que instruía al testigo sobre cómo responder a las preguntas durante un receso. El juez declaró esta acción una práctica «ilegal y desleal» que contaminaba las pruebas y constituía una grave violación del deber de probidad y de la ética profesional.

Reforzando aún más el caso del demandante, la sentencia ratificó el concepto jurídico de «copatronazgo», o coempleo, entre el INS y el Departamento de Bomberos. A pesar de la actual autonomía administrativa del Departamento de Bomberos, el juez dictaminó que ambas entidades comparten la responsabilidad legal por las obligaciones laborales. Esta decisión se basó, en parte, en el hecho de que el empleo de Zúñiga Ureña comenzó cuando el Departamento de Bomberos aún era una dependencia directa del INS, lo que convierte al instituto de seguros en un empleador conjunto.

En respuesta al veredicto, ambas instituciones están sopesando sus opciones. El INS indicó que ofrecería una reacción formal el lunes, mientras que el Cuerpo de Bomberos emitió un comunicado cauteloso a través de su oficina de prensa, en el que destacaba la naturaleza en curso del proceso legal.

En relación con su consulta, le informamos que, tras la sentencia de primera instancia dictada por el Tribunal Laboral del Segundo Circuito Judicial de San José… tanto el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica como el Benemérito Instituto Nacional de Seguros están evaluando los pasos legales a seguir, según corresponda, incluida una apelación de casación. Por respeto al proceso judicial, que aún está en curso, no ofreceremos declaraciones ni opiniones adicionales sobre el asunto en este momento. Reiteramos nuestro compromiso de actuar dentro del marco legal, con responsabilidad institucional y en defensa del interés público. Departamento
de Prensa, Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica

El tribunal ha ordenado al Cuerpo de Bomberos y al INS que paguen todas las sumas correspondientes a los días de descanso no disfrutados, incluidos los ajustes legalmente exigidos por el aguinaldo, las vacaciones y el «salario escolar», más los intereses devengados. Esta sentencia sienta un poderoso precedente, al afirmar que el derecho fundamental e inalienable al descanso absoluto se aplica a todos los trabajadores, incluido el personal de emergencias, y que los exigentes horarios de trabajo no pueden utilizarse para eludir las protecciones laborales constitucionales.

Para más información, visite bomberos.go.cr

Acerca del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica:
El Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica es la entidad nacional oficial responsable de la prevención y extinción de incendios, así como de la respuesta a emergencias en todo el país. Como institución fundamental para la seguridad pública, gestiona una amplia gama de incidentes, desde incendios estructurales hasta emergencias médicas y asistencia en casos de desastres naturales, operando a través de una red de estaciones atendidas por bomberos profesionales y voluntarios dedicados a proteger vidas y propiedades.

Para más información, visite grupoins.com
. Acerca del Instituto Nacional de Seguros (INS):
El Instituto Nacional de Seguros es una entidad costarricense de propiedad estatal y el principal proveedor de seguros del país. Fundado en 1924, ocupa una posición dominante en el mercado y ofrece una amplia cartera de productos de seguros, que incluye pólizas de vida, salud, automóvil y riesgos laborales. El INS también desempeña un papel significativo en la gestión de riesgos nacionales y en iniciativas de salud pública.

Para más información, visite bufetedecostarica.com
. Acerca de Bufete de Costa Rica:
Como pilar estimado de la comunidad jurídica, Bufete de Costa Rica se sustenta en una arraigada dedicación a la integridad profesional y a unos estándares de práctica excepcionales. El bufete combina hábilmente su amplia experiencia en el asesoramiento a un amplio espectro de clientes con un enfoque innovador para ofrecer soluciones jurídicas pioneras. En su esencia se encuentra una firme creencia en la responsabilidad social, trabajando activamente para democratizar la comprensión jurídica y, de ese modo, cultivar una sociedad empoderada por el conocimiento y la claridad jurídica.

Artículos Relacionados