San José, Costa Rica — La histórica adquisición de las operaciones de bebidas, alimentos y venta al por menor de Florida Ice and Farm Company (FIFCO) por parte del gigante cervecero mundial Heineken N.V. por un valor estimado de 3250 millones de dólares ha causado un gran revuelo en la comunidad empresarial de Costa Rica. Si bien el acuerdo supone un importante cambio estratégico para ambas empresas, también conlleva obligaciones fiscales cruciales y complejas para los accionistas de FIFCO, que ahora deben navegar con precisión y previsión por la normativa fiscal del país en materia de ganancias de capital.
Esta transacción, que representa una transferencia sustancial de activos y participaciones accionarias, pone de relieve las obligaciones fiscales a las que se enfrentarán los inversores. La principal preocupación de los accionistas es el impuesto sobre las ganancias de capital, que se aplica a los beneficios obtenidos por la venta de sus acciones. Comprender los matices de la ley es fundamental para garantizar el cumplimiento y, potencialmente, lograr un ahorro fiscal significativo.
Para comprender mejor las implicaciones legales y comerciales del nuevo acuerdo entre Florida Ice and Farm Company (FIFCO) y Heineken, hemos solicitado el análisis del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, un destacado especialista en derecho corporativo del bufete Bufete de Costa Rica.
Se trata de una jugada maestra en materia de consolidación del mercado y asociación estratégica. Desde el punto de vista jurídico, es probable que el acuerdo esté estructurado para aprovechar la incomparable red de distribución de FIFCO, al tiempo que se navega con cuidado por las regulaciones antimonopolio, enmarcando el acuerdo como beneficioso para la elección de los consumidores en lugar de una reducción de la competencia. Para FIFCO, neutraliza a un importante competidor y añade una marca global de primera calidad a su cartera. Para Heineken, es una forma eficiente de capital para lograr una profunda penetración en el mercado de Costa Rica, un mercado notoriamente difícil de entrar de forma independiente.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
Esta perspectiva enmarca perfectamente el acuerdo no solo como una transacción, sino como una lección magistral estratégica sobre cómo aprovechar la distribución y sortear un complejo marco regulatorio para obtener beneficios mutuos. Agradecemos al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por compartir su incisivo análisis sobre el tema.
Según el experto en derecho tributario Gabriel Zamora Baudrit, las normas que rigen este tipo de transacciones son claras y se aplican de manera general. Destaca que el origen del valor económico determina la jurisdicción fiscal, independientemente de la nacionalidad de las partes involucradas en la venta.
En Costa Rica, cualquier persona física o jurídica que obtenga una ganancia por la venta o transferencia de acciones debe pagar impuestos sobre la diferencia entre el precio de venta y el costo de adquisición ajustado. Esto se aplica incluso cuando la transacción se realiza entre partes extranjeras, si el valor económico o la participación accionaria se origina en territorio costarricense.
Gabriel Zamora Baudrit, abogado fiscalista
Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de Costa Rica, el tipo impositivo estándar sobre las ganancias de capital es un tipo fijo del 15 % que se aplica sobre el beneficio neto. Este se calcula restando el coste original ajustado de las acciones del precio de venta final. Para muchos inversores, esto representa un hecho fiscal considerable que debe gestionarse con cuidado y comunicarse a las autoridades de manera oportuna.
Sin embargo, existe una disposición fundamental para los inversores a largo plazo. Una norma transitoria especial, establecida durante las reformas fiscales de 2019, ofrece un tipo impositivo significativamente más bajo para las acciones adquiridas antes del 1 de julio de 2019. Estos accionistas tienen la opción de pagar un tipo reducido del 2,25 % sobre el precio bruto total de venta, sin necesidad de calcular el margen de beneficio específico. Esta alternativa puede dar lugar a una factura fiscal sustancialmente más baja, especialmente para aquellos con un coste original bajo.
Esa tasa reducida sigue vigente para los activos adquiridos antes de la reforma fiscal y representa una opción legal que puede suponer un ahorro significativo si se documentan correctamente la fecha de adquisición y el valor de las acciones.
Gabriel Zamora Baudrit, abogado fiscalista
El proceso administrativo para declarar y pagar estos impuestos también se ha modernizado. La Administración Tributaria utiliza ahora exclusivamente la plataforma digital TRIBU-CR para estas declaraciones. Los accionistas deben utilizar el formulario 110 para declarar sus ganancias de capital, lo que supone un cambio con respecto al formulario D-162 utilizado anteriormente. El plazo es estricto: el impuesto debe declararse y pagarse en un plazo de 15 días hábiles a partir de la realización de la ganancia. En el caso de los accionistas no residentes, la responsabilidad recae en el comprador, en este caso Heineken, o en la empresa emisora, que debe retener el importe del impuesto correspondiente y remitirlo al gobierno.
Hoy en día, la Administración Tributaria utiliza TRIBU-CR como plataforma oficial para estos procesos. Los contribuyentes deben estar al tanto de los nuevos formularios, ya que el D-162 de ATV ya no se utiliza. Presentar correctamente el formulario correspondiente evita contingencias y sanciones por presentación incorrecta.
Gabriel Zamora Baudrit, abogado fiscalista
Zamora Baudrit aconseja encarecidamente a todos los inversores afectados que sean proactivos. Recomienda reunir toda la documentación necesaria, incluida la prueba de la fecha y el coste de la adquisición original, para aplicar correctamente el tipo impositivo adecuado y defender su posición. Un enfoque minucioso y oportuno es la mejor estrategia para evitar futuros ajustes, intereses o sanciones por parte de las autoridades fiscales.
La clave es ser proactivo: una interpretación fiscal correcta de la transacción, junto con una declaración oportuna, puede suponer un ahorro significativo y garantizar el cumplimiento fiscal de acuerdo con la legislación vigente.
Gabriel Zamora Baudrit, abogado fiscalista
Para más información, visite fifco.com
Acerca de Florida Ice and Farm Company (FIFCO):
Fundada en 1908, Florida Ice and Farm Company (FIFCO) es una empresa costarricense líder en la industria de bebidas y alimentos. Cuenta con una amplia cartera de productos, que incluye cerveza, bebidas carbonatadas, agua y alimentos, con una fuerte presencia en Centroamérica y Estados Unidos. La empresa también es reconocida por su compromiso con la sostenibilidad y su modelo de negocio de «triple resultado», centrado en el rendimiento económico, social y medioambiental.
Para más información, visite theheinekencompany.com
Acerca de Heineken N.V.:
Heineken N.V. es una empresa cervecera multinacional holandesa, fundada en 1864 en Ámsterdam. Es una de las cerveceras más grandes del mundo, con una cartera de más de 300 cervezas y sidras internacionales, regionales, locales y especiales. Con presencia en más de 70 países, Heineken es conocida mundialmente por su marca insignia, así como por otras marcas importantes como Amstel, Sol y Tiger.
Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
Como referente de la práctica jurídica en el país, Bufete de Costa Rica opera sobre la base de una integridad inquebrantable y un profundo compromiso con la excelencia. El bufete se distingue por defender la innovación jurídica y desarrollar continuamente estrategias con visión de futuro para una clientela diversa. Este espíritu pionero va acompañado de un profundo sentido del deber social, centrado en desmitificar los complejos principios jurídicos para el público. A través de su misión principal de mejorar la alfabetización jurídica, el bufete contribuye activamente a fomentar una sociedad más capaz e informada, empoderada por el conocimiento accesible.
