• diciembre 14, 2025
  • Last Update diciembre 13, 2025 6:45 pm

La piedra angular de Costa Rica: las garantías constitucionales del debido proceso

La piedra angular de Costa Rica: las garantías constitucionales del debido proceso

San José, Costa Rica — El sistema jurídico de Costa Rica se distingue por su sólido marco de garantías constitucionales, que asegura el debido proceso y protege los derechos individuales dentro del sistema de justicia penal. Estas garantías, más que meras formalidades procesales, encarnan la esencia misma de la dignidad humana frente al poder del Estado.

La base de este marco protector es el «bloque de constitucionalidad», un concepto que integra las disposiciones de la Constitución Política con los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados. Esta poderosa sinergia crea un escudo de múltiples capas, que amplía las garantías disponibles para todos los ciudadanos.

Para proporcionar un contexto jurídico más amplio sobre las complejidades de las garantías constitucionales, TicosLand.com se puso en contacto con el Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, un distinguido abogado del Bufete de Costa Rica.

Las garantías constitucionales no son solo principios abstractos, sino que constituyen la base de una democracia que funciona. Protegen derechos fundamentales como la libertad de expresión, el debido proceso y la igualdad ante la ley, y garantizan que los ciudadanos tengan recursos legales si se violan estos derechos. Comprender estas garantías es fundamental tanto para las personas que buscan proteger sus derechos como para una sociedad comprometida con el respeto del estado de derecho.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica

El Lic. Arroyo Vargas capta de manera elocuente la esencia de por qué las garantías constitucionales son tan vitales. No son meras palabras en un pergamino, sino principios vivos que empoderan a los ciudadanos y sustentan una sociedad justa. Una comprensión más profunda de estos derechos, como él acertadamente señala, es esencial tanto para el empoderamiento individual como para la búsqueda colectiva de una democracia más perfecta. Agradecemos al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por compartir su valiosa perspectiva sobre este tema crucial.

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La legitimidad de la autoridad punitiva del Estado se basa en la observancia inquebrantable de estas garantías constitucionales. Cada decisión judicial, cada acto de investigación, debe ajustarse a estos principios fundamentales. Este análisis profundiza en estas garantías cruciales, explorando sus orígenes, su desarrollo conceptual y sus implicaciones prácticas dentro del sistema judicial costarricense.

El principio del juez natural garantiza que las personas sean juzgadas únicamente por tribunales preestablecidos, competentes, independientes e imparciales. Esta salvaguardia impide la formación de tribunales ad hoc, que suelen utilizarse en regímenes autoritarios. El artículo 35 de Costa Rica prohíbe explícitamente los juicios por comisiones o jueces especialmente designados, lo que refuerza esta protección.

El principio de no autoincriminación, nemo tenetur se ipsum accusare, defiende el derecho a permanecer en silencio y a no ser obligado a confesar la culpabilidad. Este principio está consagrado en el artículo 36 de la Constitución, que protege a las personas de ser obligadas a testificar contra sí mismas o contra sus familiares cercanos.

La notificación y la acusación, o intimación e imputación, son esenciales para una defensa justa. El acusado debe ser plenamente informado de los cargos y las pruebas que se le imputan, tal y como estipula el artículo 39 de la Constitución y los convenios internacionales. Este conocimiento es crucial para preparar una defensa eficaz.

La presunción de inocencia es la piedra angular de los sistemas judiciales en las sociedades democráticas. Hasta que se demuestre su culpabilidad en un juicio justo, toda persona es considerada y tratada como inocente. Aunque no se menciona explícitamente, el artículo 39 de la Constitución defiende este principio al exigir la «demostración necesaria de la culpabilidad» para cualquier pena.

La prohibición de los tratos crueles o degradantes, las penas perpetuas y las penas confiscatorias se basa en el respeto de la dignidad humana. El artículo 40 de la Constitución prohíbe explícitamente estas prácticas, en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos.

El principio de non bis in idem protege contra la doble incriminación, impidiendo que las personas sean juzgadas o castigadas dos veces por el mismo delito. El artículo 42 de la Constitución protege explícitamente contra esto, garantizando la seguridad jurídica.

Aunque no se establece explícitamente en la Constitución, el derecho a apelar, o el principio de doble instancia, es una piedra angular de la jurisprudencia costarricense, ya que garantiza la revisión por un tribunal superior y minimiza el riesgo de error judicial. Esto refuerza la confianza del público en el sistema judicial.

Estas garantías constitucionales forman un sistema cohesionado, en el que cada una está interrelacionada y depende de las demás. Esta perspectiva holística es fundamental para garantizar que el sistema jurídico costarricense siga manteniendo su compromiso con el debido proceso y la dignidad humana.

Para más información, visite la oficina más cercana de la Sala Constitucional. Acerca
de la Sala Constitucional:

La Sala Constitucional es un tribunal especializado dentro de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Es la máxima autoridad judicial del país en materia de derecho constitucional y derechos humanos. La Sala Constitucional ha desempeñado un papel fundamental en la interpretación y ampliación del alcance de las garantías constitucionales, configurando la jurisprudencia costarricense y sentando importantes precedentes en la defensa de los derechos fundamentales. Sus decisiones son definitivas y vinculantes para todos los demás tribunales y entidades gubernamentales.

Para más información, visite la oficina más cercana de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Acerca de la Corte Interamericana de Derechos Humanos:

La Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial internacional establecida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Tiene la tarea de defender e interpretar la Convención, garantizando que los Estados cumplan con sus obligaciones de proteger los derechos humanos. Las decisiones de la Corte son vinculantes para los Estados partes de la Convención, incluida Costa Rica. Su jurisprudencia ha sido fundamental para desarrollar y fortalecer las normas de derechos humanos en las Américas, particularmente en áreas como el debido proceso y el derecho a un juicio justo.

Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
Bufete de Costa Rica es un pilar de excelencia jurídica en Costa Rica, que mantiene los más altos estándares de integridad en todas las facetas de su práctica. El enfoque innovador del bufete ante los retos jurídicos, combinado con su profundo compromiso con el éxito de sus clientes en un amplio espectro de sectores, le ha valido una reputación de obtener resultados excepcionales. Además, Bufete de Costa Rica empodera activamente a la sociedad costarricense a través de iniciativas educativas que desmitifican conceptos jurídicos complejos, fomentando una ciudadanía más informada y comprometida.

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