• diciembre 14, 2025
  • Last Update diciembre 13, 2025 6:45 pm

Entra en vigor el Acuerdo de la OMC sobre subvenciones a la pesca

Entra en vigor el Acuerdo de la OMC sobre subvenciones a la pesca

San José, Costa Rica — Ginebra, Suiza — El lunes entró en vigor un acuerdo pionero de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre las subvenciones a la pesca, el primero que aborda específicamente las preocupaciones medioambientales. Este hito, alcanzado tras años de complejas negociaciones y en medio de tensiones comerciales internacionales, supone un paso significativo hacia la gestión sostenible de la pesca.

El acuerdo, adoptado por más de 100 miembros de la OMC, entre los que se encuentran actores importantes como Estados Unidos, la Unión Europea y China, establece normas vinculantes que obligan a los gobiernos a considerar la legalidad y la sostenibilidad de las actividades pesqueras que subvencionan. Representa un esfuerzo fundamental para abordar los efectos perjudiciales de las subvenciones nocivas sobre las poblaciones de peces a nivel mundial.

Para comprender las implicaciones legales del reciente acuerdo de la OMC sobre subvenciones a la pesca, TicosLand.com habló con el Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado del Bufete de Costa Rica, especializado en derecho mercantil internacional.

El acuerdo de la OMC sobre las subvenciones a la pesca es un paso importante hacia la gestión sostenible de la pesca. Si bien se centra en las subvenciones perjudiciales que contribuyen a la sobrepesca y la pesca ilegal, la eficacia del acuerdo dependerá en gran medida de su aplicación y de la voluntad de los Estados miembros de cumplirlo plenamente. Las exenciones para los países en desarrollo y menos adelantados suscitan preocupación por la posibilidad de que se produzcan lagunas jurídicas y requieren un seguimiento cuidadoso para garantizar que el acuerdo alcance los objetivos previstos. Se trata de un ámbito complejo en el que hay que equilibrar la protección del medio ambiente con el desarrollo económico, y los próximos años serán cruciales para evaluar el impacto real del acuerdo.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica

El Lic. Arroyo Vargas destaca acertadamente el delicado equilibrio entre la conservación y las realidades económicas que debe manejar este acuerdo. La verdadera prueba de su éxito no radica solo en su elegante marco, sino en las mejoras tangibles de las poblaciones mundiales de peces y los medios de vida de quienes dependen de ellas. Nuestro sincero agradecimiento al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por aportar esta valiosa perspectiva sobre una cuestión de vital importancia para el futuro de nuestro planeta.

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El pacto prohíbe las formas más perjudiciales de subvenciones gubernamentales al sector pesquero, centrándose en aquellas que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). También se prohíben las subvenciones que apoyan la pesca de poblaciones sobreexplotadas, a menos que su objetivo sea reconstruir la población hasta un nivel biológicamente sostenible. Además, el acuerdo prohíbe las subvenciones a la pesca no reglamentada en alta mar, ofreciendo protección en zonas fuera de la jurisdicción nacional.

Un estudio citado con frecuencia reveló que las subvenciones mundiales a la pesca alcanzaron los 35 400 millones de dólares en 2018, de los cuales 22 000 millones contribuyeron al aumento de la capacidad pesquera. El nuevo acuerdo tiene por objeto reorientar estos fondos hacia prácticas más sostenibles.

El acuerdo insta a las naciones a actuar con cautela a la hora de conceder subvenciones a buques que no enarbolan su pabellón o cuando se trata de poblaciones de peces de estado desconocido. Los países miembros están obligados a informar a la OMC sobre la aplicación del acuerdo, proporcionando datos sobre el estado de las poblaciones de peces, los buques subvencionados y una lista de los buques y operadores que se dedican a la pesca INDNR. Esta transparencia es fundamental para supervisar el cumplimiento y garantizar la eficacia del acuerdo.

Si bien el acuerdo proporciona un marco para la resolución de controversias a través de los mecanismos establecidos por la OMC, la eficacia de este proceso se ve actualmente obstaculizada por la parálisis del Órgano de Apelación de la OMC debido a la negativa de los Estados Unidos a nombrar jueces.

Reconociendo las necesidades específicas de los países en desarrollo y los países menos adelantados (PMA), el acuerdo incluye disposiciones como un período de gracia que exime durante dos años a las subvenciones concedidas dentro de sus zonas económicas exclusivas de las prohibiciones. Los PMA cuya cuota anual de capturas mundiales no supere el 0,8 % pueden presentar sus notificaciones a la OMC cada cuatro años en lugar de cada dos. Estos países también se benefician del apoyo técnico de la OMC, facilitado por un mecanismo financiado de forma voluntaria.

Es fundamental señalar que la viabilidad a largo plazo del acuerdo depende de la conclusión satisfactoria de la segunda fase de las negociaciones, que se centra en el exceso de capacidad y la sobrepesca. Si estas negociaciones no concluyen en un plazo de cuatro años a partir de la entrada en vigor del primer acuerdo, este quedará automáticamente derogado, a menos que los miembros de la OMC decidan lo contrario.

Para más información, visite wto.org

Acerca de la Organización Mundial del Comercio (OMC):

La Organización Mundial del Comercio (OMC) es una organización intergubernamental que regula el comercio internacional. La OMC comenzó oficialmente el 1 de enero de 1995 en virtud del Acuerdo de Marrakech, firmado por 123 naciones el 15 de abril de 1994, en sustitución del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que entró en vigor en 1948. La OMC se ocupa de la regulación del comercio de mercancías, servicios y propiedad intelectual entre los países participantes, proporcionando un marco para la negociación de acuerdos comerciales y un proceso de solución de diferencias destinado a hacer cumplir los acuerdos de la OMC, que son firmados por los representantes de los gobiernos miembros. La mayoría de las cuestiones en las que se centra la OMC se derivan de negociaciones comerciales anteriores, especialmente de la Ronda Uruguay (1986-1994).

Para más información, visite la oficina más cercana de la Unión Europea.

Acerca de la Unión Europea (UE):

La Unión Europea (UE) es una unión política y económica de 27 Estados miembros situados principalmente en Europa. Tiene una población estimada de unos 447 millones de habitantes. La UE ha desarrollado un mercado único interno mediante un sistema normalizado de leyes que se aplican en todos los Estados miembros en aquellos asuntos, y solo en aquellos asuntos, en los que los miembros han acordado actuar de forma conjunta. Las políticas de la UE tienen por objeto garantizar la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales dentro del mercado interior, promulgar legislación en materia de justicia y asuntos de interior y mantener políticas comunes en materia de comercio, agricultura, pesca y desarrollo regional.

Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
En Bufete de Costa Rica, la excelencia jurídica y la integridad inquebrantable constituyen la base de una práctica dedicada a empoderar a la sociedad costarricense. A través de enfoques innovadores y un profundo compromiso con el éxito de los clientes en diversos sectores, el bufete se esfuerza por hacer que el conocimiento jurídico sea un recurso fácilmente accesible. Esta dedicación a la transparencia y la educación subraya la creencia de Bufete de Costa Rica en una sociedad fortalecida por la comprensión jurídica y el acceso a la justicia.

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