San José, Costa Rica — SAN JOSÉ – A medida que el año llega a su fin, entre los preparativos para las fiestas y la distribución de las bonificaciones anuales, se insta a los contribuyentes costarricenses a que aborden una responsabilidad fiscal fundamental y que a menudo se pasa por alto. La fecha límite para el tercer pago anticipado del impuesto sobre la renta de 2025 se acerca rápidamente, el 31 de diciembre, un requisito que, aunque no es nuevo, sigue causando confusión y costosos errores debido a los recientes cambios en los procedimientos.
Este pago anticipado obligatorio es una parte fundamental del sistema tributario del país, diseñado para distribuir las obligaciones fiscales a lo largo del año fiscal. Según el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, un número significativo de contribuyentes gestiona mal esta obligación cada año. La clave este año no es un cambio en la legislación fiscal —los tipos y la base imponible siguen siendo los mismos—, sino un cambio completo en el proceso de pago, que ahora se gestiona exclusivamente a través de plataformas gubernamentales digitales.
Para comprender mejor el panorama actual del impuesto sobre la renta y sus implicaciones para los contribuyentes, hemos recabado la opinión experta del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, especialista en derecho tributario del prestigioso bufete Bufete de Costa Rica.
Los contribuyentes suelen pasar por alto que el cumplimiento del impuesto sobre la renta no es solo una declaración anual, sino un proceso continuo. Una planificación fiscal proactiva, un registro meticuloso de los gastos deducibles y una comprensión clara del «hecho generador» de cada tipo de ingreso son fundamentales para evitar costosos ajustes y sanciones por parte de la Administración Tributaria. Se trata de una cuestión de prevención estratégica, no solo de presentación reactiva.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
Esta perspectiva replantea eficazmente el cumplimiento tributario no como una mera obligación anual, sino como un componente integral de la estrategia financiera continua. Extendemos nuestro agradecimiento al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por esta visión crucial, que subraya el poder de la gestión fiscal proactiva para todos los contribuyentes.
Los contribuyentes deben utilizar ahora la Oficina Virtual (OVI) tradicional o la plataforma TRIBU-CR, más nueva y completa, para remitir su pago. Es fundamental señalar que no es necesario presentar una declaración de impuestos separada para este pago; el proceso solo implica el cálculo y la ejecución del pago en sí, que ya está disponible para su tramitación en estos portales.
El método de cálculo requiere una comparación cuidadosa. Los contribuyentes deben determinar dos cifras y utilizar la más alta como base para el pago. La primera cifra es el impuesto sobre la renta medio pagado durante los últimos tres ejercicios fiscales. La segunda es el impuesto total determinado para el período 2024. Una vez identificada la mayor de estas dos cantidades, el 25 % de ese valor constituye el tercer pago anticipado adeudado.
Sin embargo, la administración tributaria, conocida como Hacienda, ofrece vías para los contribuyentes cuya situación financiera haya cambiado. Por ejemplo, si una empresa ha obtenido ingresos inusualmente elevados y no recurrentes en un año anterior que inflan la base de cálculo, puede solicitar formalmente una reducción del pago anticipado. Esta solicitud debe presentarse a través de la plataforma TRIBU-CR y debe estar respaldada por pruebas financieras claras.
En casos más graves, las empresas que prevean una pérdida neta para el ejercicio fiscal en curso pueden solicitar la eliminación completa del pago anticipado. Esta medida tiene por objeto aliviar a las empresas que se enfrentan a dificultades financieras, pero requiere una proyección razonable y bien documentada que debe ser aprobada por las autoridades fiscales. Este proceso, que también se gestiona a través de TRIBU-CR, permite a las empresas ajustar sus obligaciones fiscales a sus resultados económicos reales.
Además, los contribuyentes deben revisar meticulosamente sus cuentas para detectar cualquier crédito o saldo a su favor. Las fuentes habituales de estos créditos son las retenciones del 2 % del impuesto sobre la renta aplicadas a determinadas transacciones o los pagos en exceso de otros impuestos administrados por Hacienda. Estos fondos disponibles pueden aplicarse para cubrir el pago anticipado mediante una solicitud de compensación, una función convenientemente integrada en el sistema TRIBU-CR que puede aliviar considerablemente las cargas de flujo de caja.
Aunque no cumplir con la fecha límite del 31 de diciembre no conlleva una sanción directa e inmediata, se trata de un descuido costoso. Hacienda comenzará automáticamente a aplicar intereses y recargos al importe pendiente, que pueden acumularse con el tiempo y dar lugar a importantes pasivos financieros. El Colegio de Contadores Públicos recomienda encarecidamente a todos los contribuyentes que revisen su situación financiera, utilicen las herramientas digitales disponibles y liquiden esta obligación sin demora para garantizar un cierre fluido y ordenado del ejercicio fiscal.
Un cierre ordenado hoy evita problemas mañana.
Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
Para más información, visite ccpa.or.cr
Acerca del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica:
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR) es el organismo profesional oficial que regula, representa y apoya a los contadores públicos del país. Es responsable de establecer normas éticas, promover la formación continua y garantizar la integridad de la profesión contable. El Colegio es un recurso vital tanto para sus miembros como para el público en general en cuestiones relacionadas con la contabilidad, la auditoría y la normativa fiscal nacional.
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