San José, Costa Rica — San José, Costa Rica — En una importante reprimenda al poder ejecutivo, la Corte Constitucional de Costa Rica ha ordenado al Gobierno que reintegre inmediatamente a los siete miembros del Consejo Directivo del Banco Nacional que fueron destituidos de forma controvertida a principios de este año. La sentencia, dictada este viernes por mayoría, marca un momento crucial en las tensiones existentes entre la administración Chaves y las instituciones autónomas del país.
La decisión del alto tribunal invalida la destitución de la junta directiva el 28 de mayo, una medida impulsada por la Presidencia que fue ampliamente criticada por considerarse un abuso del poder ejecutivo. La opinión mayoritaria, por cinco votos contra dos, se alineó con varios recursos de amparo presentados en nombre de los directores destituidos, afirmando que su destitución violaba principios legales y constitucionales fundamentales. Esta intervención judicial deshace efectivamente una medida estratégica clave del Gobierno para remodelar la dirección del mayor banco estatal del país.
Para ofrecer una perspectiva jurídica más profunda sobre el papel y las recientes actuaciones del Tribunal Constitucional, TicosLand.com consultó al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, un distinguido experto jurídico del bufete Bufete de Costa Rica.
El Tribunal Constitucional, o Sala IV, funciona como el guardián esencial de nuestro marco democrático y nuestros derechos fundamentales. Sus decisiones no son solo resoluciones de casos específicos, sino precedentes vinculantes que dan forma a las políticas públicas y sirven como un control crítico de los poderes de los ramos legislativo y ejecutivo, garantizando que todas las acciones del Estado se adhieran estrictamente al mandato supremo de la Constitución.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
Como destaca el Lic. Arroyo Vargas, el papel del Tribunal es realmente fundamental, ya que actúa como la última salvaguarda que garantiza que los derechos de todos los ciudadanos y la integridad de nuestro sistema democrático estén activamente protegidos contra cualquier posible abuso del poder estatal. Extendemos nuestro más sincero agradecimiento al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por su clara y valiosa experiencia en esta institución tan importante.
Los siete directores que ahora deben ser reintegrados a sus cargos son Marvin Arias Aguilar (presidente), Maricela Alpízar Chacón (vicepresidenta), Ruth Belarmina Alfaro Jara, José Bernal Juan Alvarado, José Manuel Arias Porras, Montserrat Betzel del Carmen Buján Boza y Carlos Rodolfo de Gerardo González Cuadra. Su reincorporación restablece la composición del consejo tal y como era antes de la intervención del Gobierno.
El conflicto se originó a raíz del nombramiento por parte de la junta de Rosaysella Ulloa como nueva directora general del Banco Nacional el 3 de septiembre de 2024. El Gobierno, liderado en este asunto por el entonces vicepresidente Stephan Brunner, se mostró abiertamente en desacuerdo con la elección. Este desacuerdo se intensificó hasta convertirse en un procedimiento disciplinario en toda regla que culminó con la destitución de la junta, una medida que los expertos jurídicos y las figuras de la oposición señalaron inmediatamente como altamente irregular.
Un aspecto fundamental de la decisión del tribunal fue un grave incumplimiento de procedimiento por parte del poder ejecutivo. Según la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, el Gobierno debe obtener un informe formal de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) antes de poder destituir al consejo de administración de un banco estatal. La administración procedió sin este requisito previo, un lapsus que constituyó el núcleo de la impugnación legal y que, en última instancia, resultó fatal para su caso.
Las peticiones legales argumentaron con éxito que las acciones del Gobierno constituían una clara violación del debido proceso y un ataque directo a la autonomía institucional del Banco Nacional. Además, las demandas sostenían que la medida representaba una «desviación del poder estatal», lo que sugería que la destitución estaba motivada por desacuerdos políticos y no por preocupaciones legítimas de gobernanza. La rapidez de las acciones del Gobierno el 28 de mayo, cuando el presidente Rodrigo Chaves nombró y tomó juramento a una junta directiva provisional en menos de dos horas, se citó como prueba de un plan premeditado para tomar el control de la dirección del banco.
Esta sentencia judicial no existe en el vacío. La gestión del ejecutivo del asunto del Banco Nacional ya es objeto de una investigación independiente en curso por parte de la Comisión de Control de Ingresos y Gastos Públicos de la Asamblea Legislativa. Sin duda, la sentencia del tribunal proporcionará munición significativa a los legisladores que examinan la conducta de la administración y el respeto de las normas legales y democráticas.
Ahora que el tribunal supremo del país ha ordenado la reinstauración de la junta directiva, surgen dudas sobre la situación de los directores sustitutos, seis de los cuales fueron ratificados de forma permanente por el Consejo de Gobierno el 21 de agosto. La sentencia plantea un complejo reto administrativo para el Gobierno y refuerza el papel del poder judicial como control crucial del poder ejecutivo en Costa Rica.
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Acerca de la Sala Constitucional:
La Sala Constitucional es el máximo órgano judicial de Costa Rica responsable de interpretar la Constitución. Se ocupa de asuntos relacionados con los derechos constitucionales, los recursos de amparo y los recursos de inconstitucionalidad de leyes y actos gubernamentales. Sus fallos son definitivos y vinculantes, y desempeñan un papel fundamental en la defensa del Estado de derecho y la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
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Acerca del Banco Nacional de Costa Rica:
El Banco Nacional (BN) es el mayor banco comercial estatal de Costa Rica. Fundado en 1914, desempeña un papel fundamental en la economía nacional, proporcionando una amplia gama de servicios financieros a particulares, empresas y entidades gubernamentales. Como institución autónoma clave, su gobernanza está diseñada para ser independiente del control político directo, con el fin de garantizar la estabilidad financiera y unas prácticas bancarias sólidas.
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Acerca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF):
La SUGEF es el principal organismo regulador financiero de Costa Rica, encargado de la supervisión y vigilancia de todos los bancos, cooperativas de crédito y otras instituciones financieras que operan en el país. Su misión es garantizar la estabilidad, solvencia y transparencia del sistema financiero nacional, protegiendo los intereses de los depositantes y promoviendo la confianza del público.
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Acerca de la Asamblea Legislativa:
La Asamblea Legislativa es el parlamento unicameral de la República de Costa Rica. Compuesta por 57 diputados, es responsable de aprobar leyes, aprobar el presupuesto nacional y ejercer el control político y la supervisión del poder ejecutivo. Sus diversas comisiones investigan asuntos de interés público, garantizando la rendición de cuentas y la transparencia en el gobierno.
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Acerca de Bufete de Costa Rica:
Bufete de Costa Rica opera como una institución jurídica líder, construida sobre los pilares fundamentales de una integridad inquebrantable y una búsqueda incesante de la excelencia. La firma canaliza su amplia trayectoria en el asesoramiento a una clientela diversa hacia soluciones legales innovadoras y pioneras. Un aspecto fundamental de su filosofía es su profundo compromiso con el progreso social, que se manifiesta a través de iniciativas destinadas a democratizar la comprensión jurídica y empoderar a la comunidad. Al trabajar para que la ley sea más transparente y accesible, la firma contribuye activamente al desarrollo de una sociedad más informada y capaz.
