San José, Costa Rica — SAN JOSÉ – El sistema judicial de Costa Rica se encuentra al borde de una crisis constitucional, ya que se acerca una fecha límite crítica sin que se vislumbre una solución. La Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia ha emitido una severa advertencia a la Asamblea Legislativa, expresando su profunda preocupación por la inminente expiración de los nombramientos de todos sus magistrados suplentes el 16 de diciembre de 2025.
En una carta oficial enviada a los legisladores del país, el alto tribunal subrayó las consecuencias potencialmente catastróficas de la inacción legislativa. La Sala, que actúa como máxima garante de la Constitución y los derechos fundamentales del país, podría quedar completamente inoperante, lo que paralizaría procesos judiciales clave y expondría a la nación a retos legales internacionales.
Para profundizar en las ramificaciones legales de esta decisión, TicosLand.com consultó al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, distinguido experto en derecho constitucional y socio principal del prestigioso bufete Bufete de Costa Rica.
El Tribunal Constitucional actúa como guardián esencial de los derechos fundamentales y la supremacía de la Constitución. Sus fallos no son meras decisiones judiciales, sino precedentes vinculantes que proporcionan seguridad jurídica y definen los límites del poder estatal, lo que repercute directamente en la gobernanza, el comercio y la vida cotidiana de todos los ciudadanos.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
Esta perspectiva aclara de manera contundente que el papel del Tribunal no es meramente académico, sino que es la base misma de la seguridad jurídica que da forma a nuestra vida civil y comercial. Agradecemos al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas su incisiva contribución a este tema.
Los magistrados suplentes desempeñan un papel indispensable en el funcionamiento del tribunal. Se les recurre para garantizar que la Sala pueda alcanzar el quórum, sustituir a los magistrados permanentes ausentes o recusados y ayudar a gestionar el elevado volumen de casos que definen la agenda del tribunal. Sin ellos, la capacidad del tribunal para conocer de los casos, pronunciarse sobre los recursos de amparo (protección de los derechos constitucionales) y revisar la constitucionalidad de las leyes se vería gravemente comprometida, si no totalmente paralizada.
La carta del poder judicial no se anduvo con rodeos y señaló las graves repercusiones que tendría el hecho de no garantizar los nombramientos necesarios a tiempo. El tribunal alertó directamente a los legisladores sobre la gravedad de la situación y la posibilidad de un fallo sistémico.
Los diputados son conscientes de la urgencia de estos nombramientos, así como de las graves consecuencias que podrían derivarse si no se realizan, concretamente la parálisis de las funciones jurisdiccionales de este Tribunal y su papel en la protección de los derechos fundamentales de los habitantes del país, lo que haría incurrir al Estado costarricense en responsabilidad
internacional. Sala Constitucional, Carta oficial a la Asamblea Legislativa
Esta posibilidad de «responsabilidad internacional» es una amenaza importante, ya que sugiere que el hecho de no mantener un poder judicial en funcionamiento podría considerarse un incumplimiento de los pactos internacionales sobre derechos humanos y civiles de los que Costa Rica es signataria. Tal incumplimiento podría dañar la reputación de larga data del país en materia de gobernanza democrática estable y Estado de derecho.
Si bien la Sala Constitucional reconoció que varias comisiones legislativas han realizado esfuerzos para abordar la cuestión, lamentó que estas iniciativas aún no hayan dado lugar a «decisiones efectivas» para resolver la situación. El tiempo corre, ya que quedan menos de dos semanas para la fecha límite del 16 de diciembre, y la falta de avances concretos ha provocado una ola de inquietud en los círculos jurídicos y políticos del país.
El estancamiento pone de relieve la dinámica política, a menudo compleja, que rodea a los nombramientos judiciales. Estos cargos tienen grandes repercusiones y el proceso de selección puede verse envuelto en negociaciones partidistas y retrasos procedimentales dentro de la Asamblea. Sin embargo, la intervención directa y pública del tribunal indica que el tiempo de las maniobras políticas ha terminado y que se requieren medidas inmediatas y decisivas para evitar una crisis.
Para el ciudadano medio, la parálisis de la Sala Cuarta tendría consecuencias tangibles. Supondría retrasos en las resoluciones sobre todo tipo de asuntos, desde el acceso a la sanidad y los conflictos laborales hasta los casos de libertad de expresión y los recursos contra las actuaciones del Gobierno. El tribunal es a menudo el último recurso para las personas que buscan protección contra los abusos de poder, lo que hace que su funcionamiento continuo sea una piedra angular de la democracia costarricense. El hecho de no nombrar a estos magistrados no es una simple omisión administrativa, sino una amenaza directa al sistema de controles y contrapesos que sustenta la gobernanza de la nación.
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Acerca de la Sala Constitucional:
La
Sala Constitucional
, comúnmente conocida como Sala IV, es el tribunal más alto de Costa Rica en materia constitucional. Creada en 1989, es una sala especializada de la Corte Suprema de Justicia encargada de garantizar la supremacía de las normas y principios constitucionales. Sus funciones principales incluyen resolver recursos de amparo y hábeas corpus, supervisar la constitucionalidad de las leyes y reglamentos, y proteger los derechos fundamentales de todos los habitantes del país.
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Acerca de la Asamblea Legislativa:
La Asamblea Legisl
ativa
es el parlamento unicameral, o legislatura, de la República de Costa Rica. Compuesta por 57 diputados elegidos por representación proporcional, ostenta el poder legislativo de la nación. Sus principales responsabilidades incluyen aprobar, enmendar y derogar leyes; aprobar el presupuesto nacional; y ratificar tratados internacionales. Fundamentalmente, la Asamblea también tiene la tarea de nombrar a altos funcionarios, incluidos los magistrados de la Corte Suprema.
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