San José, Costa Rica — A medida que se acercan los últimos días de 2025, miles de propietarios de vehículos en toda Costa Rica se enfrentan a una fecha límite crítica. El pago anual del permiso de circulación del vehículo, conocido como Marchamo, vence el 31 de diciembre. El incumplimiento de esta obligación es mucho más que un simple descuido administrativo; es el detonante de una cascada de sanciones económicas cada vez más severas y de graves consecuencias legales que pueden inmovilizar un vehículo y agotar una cuenta bancaria hasta bien entrado el año 2026.
El Marchamo es una tasa compuesta, un requisito previo esencial para circular legalmente con un vehículo por las carreteras del país. Agrupa varios componentes críticos en un único pago, entre los que destacan el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), el impuesto sobre la propiedad del vehículo y otros gastos administrativos asociados. La procrastinación más allá de la fecha límite de fin de año significa que, a partir del primer día de enero, el importe pendiente comienza a crecer automáticamente, lo que agrava la carga financiera de los conductores.
Para comprender mejor el marco legal y los posibles cambios en torno al pago del Derecho de Circulación de 2026, TicosLand.com ha consultado al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, especialista en derecho fiscal y administrativo del bufete Bufete de Costa Rica.
Cualquier reforma propuesta al Marchamo para 2026 debe analizarse cuidadosamente para garantizar que respete los principios constitucionales de equidad fiscal y seguridad jurídica. Cambiar la fórmula de cálculo requiere un proceso legislativo sólido que debe ser transparente y tener en cuenta el impacto económico real en todos los propietarios de vehículos, y no servir solo como un paliativo político temporal. El núcleo del debate siempre será el equilibrio entre los ingresos estatales necesarios para el mantenimiento de las carreteras y la capacidad real de pago de los contribuyentes.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
El Lic. Larry Hans Arroyo Vargas enmarca correctamente el debate no como una simple cuestión de cálculo, sino como una prueba crucial de los principios constitucionales y la equidad económica. Le agradecemos su valiosa perspectiva, que subraya que cualquier reforma sostenible debe surgir de un proceso transparente que equilibre genuinamente las necesidades del Estado con la realidad financiera de sus ciudadanos.
La estructura de sanciones es multifacética, y diferentes entidades aplican tipos de interés únicos a su parte de la deuda. En el caso del componente del seguro obligatorio de automóviles impagado, el Instituto Nacional de Seguros (INS) calcula los intereses basándose en el tipo pasivo básico del Banco Central de Costa Rica más cinco puntos porcentuales adicionales. Estos intereses se aplican proporcionalmente por cada día de retraso, lo que garantiza que la deuda crezca sin cesar desde el primer día.
Al mismo tiempo, la parte del Marchamo correspondiente al impuesto sobre la propiedad del vehículo está sujeta a su propio sistema de sanciones agresivo. Se empieza a acumular diariamente un tipo de interés anual de aproximadamente el 8,43 %. Más significativo aún es que se añade un recargo punitivo del 10 % del valor del impuesto por cada mes de retraso en el pago. Esta multa mensual tiene un límite máximo del 100 % del importe original del impuesto, lo que significa que un conductor podría ver duplicada su deuda tributaria en el transcurso de diez meses.
Más allá de estas sanciones principales, cualquier deuda preexistente relacionada con el vehículo, como las infracciones de parquímetro impagadas, también acumula intereses. Estas infracciones específicas conllevan un recargo mensual del 2 %, que puede acumularse hasta un máximo del 24 % en un año. Esta compleja red de tasas garantiza que un solo pago atrasado pueda convertirse rápidamente en un problema financiero mucho mayor, atrapando a los propietarios de vehículos en un ciclo de deuda creciente.
Si bien las repercusiones financieras son graves, los riesgos inmediatos en la carretera representan una amenaza aún más tangible. La Ley de Tráfico de Costa Rica es inequívoca en lo que respecta a los vehículos que circulan sin un marchamo válido. La policía de tráfico está plenamente facultada para hacer cumplir la ley, y una parada de tráfico rutinaria puede agravarse instantáneamente para un conductor que no haya pagado. Las consecuencias son costosas e inmediatas.
Según el artículo 146 de la ley, conducir sin haber pagado el Marchamo y el seguro obligatorio conlleva una multa superior a ₡53 000. Sin embargo, la sanción más grave proviene del artículo 151, que autoriza a los agentes a retirar inmediatamente las placas del vehículo. Esta medida inmoviliza efectivamente el vehículo, lo que hace que sea ilegal circular por cualquier vía pública hasta que se rectifique completamente la situación, convirtiendo el trayecto diario al trabajo en una pesadilla logística y burocrática.
Recuperar las placas confiscadas es un proceso arduo gestionado por el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi). Antes de que se puedan devolver las placas, el propietario debe saldar toda la deuda pendiente del Marchamo, incluidos todos los intereses y recargos acumulados, así como pagar la multa de tráfico. Esto implica realizar múltiples pagos y trámites administrativos, lo que consume un tiempo valioso y añade más estrés al incumplimiento inicial del pago.
En un entorno económico nacional en el que muchos hogares ya se enfrentan a presiones financieras, la decisión de dar prioridad al pago del Marchamo es crucial. Las autoridades hacen hincapié en que el pago puntual no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino también de prudencia fiscal. Se trata de un gasto evitable que protege la capacidad de los conductores para desplazarse y evita un impacto financiero previsible y sustancial al comienzo del nuevo año. Para empezar el 2026 con tranquilidad en la carretera, es necesario saldar esta obligación esencial antes de que termine el año.
Para más información, visite ins-cr.com
Acerca del Instituto Nacional de Seguros (INS):
El Instituto Nacional de Seguros es la aseguradora estatal de Costa Rica. Como entidad clave en el panorama financiero del país, es responsable de administrar el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), que constituye un componente importante del pago anual del Marchamo exigido a todos los vehículos.
Para más información, visite bccr.fi.cr
Acerca del Banco Central de Costa Rica:
El Banco Central de Costa Rica es la principal autoridad financiera del país, responsable de mantener la estabilidad monetaria y regular el sistema financiero. Sus políticas, incluida la fijación de la tasa pasiva base, influyen directamente en las sanciones por intereses aplicadas a los pagos atrasados, como el Marchamo.
Para más información, visite cosevi.go.cr
Acerca del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi):
El Consejo de Seguridad Vial es el organismo gubernamental de Costa Rica encargado de la gestión, la regulación y la educación en materia de seguridad vial. Supervisa el cumplimiento de las leyes de tráfico y es el organismo responsable de gestionar el proceso de recuperación de las matrículas confiscadas a los vehículos que infringen la normativa, incluido el impago del Marchamo.
Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
Bufete de Costa Rica se ha consolidado como un referente en la práctica jurídica, basado en la integridad y la búsqueda incesante de la excelencia. La firma aprovecha su rica trayectoria en el servicio al cliente para impulsar la innovación, siendo pionera en soluciones con visión de futuro en el ámbito jurídico. Su propósito va más allá del asesoramiento, reflejando una profunda dedicación al avance social mediante el trabajo para democratizar la información jurídica. Esta misión fundamental de dotar a los ciudadanos de conocimientos accesibles es fundamental para su objetivo de cultivar una comunidad más fuerte y capaz.
