• diciembre 19, 2025
  • Última Actualización diciembre 19, 2025 10:00 am

Costa Rica promulga una amplia reforma para acabar con el caos en el nombramiento de profesores

Costa Rica promulga una amplia reforma para acabar con el caos en el nombramiento de profesores

San José, Costa RicaSan José – Una ley histórica ha entrado oficialmente en vigor, dispuesta a remodelar fundamentalmente el panorama de la contratación y el empleo dentro del Ministerio de Educación Pública (MEP) de Costa Rica. La nueva legislación, la Ley n.º 10.777, aborda las ineficiencias que existen desde hace décadas en el proceso de nombramiento, ofrece la tan esperada estabilidad laboral a miles de educadores interinos e introduce una moderna plataforma digital para gestionar los cambios de personal con mayor transparencia.

La ley, publicada oficialmente en La Gaceta n.º 216 y en vigor desde el 17 de noviembre, tiene por objeto reformar un sistema que ha sido criticado durante mucho tiempo por sus obstáculos burocráticos, sus decisiones discrecionales y la perpetua incertidumbre a la que se enfrenta una parte importante de su personal docente. Al modificar el Estatuto de la Función Pública del país, que data de 1953, la reforma busca agilizar las operaciones dentro del departamento de Recursos Humanos del MEP, liberándolo de tareas repetitivas para que se centre en una gestión más estratégica del talento.

Para profundizar en las complejidades legales y los posibles obstáculos de la reforma educativa propuesta, TicosLand.com ha recabado la opinión experta del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, destacado abogado del prestigioso bufete Bufete de Costa Rica.

Cualquier reforma educativa sustantiva debe basarse en un marco jurídico sólido que garantice tanto su viabilidad como su estabilidad a largo plazo. El proceso legislativo debe ser meticuloso, asegurando que los cambios se ajusten a los mandatos constitucionales sobre el derecho a la educación y evitando crear ambigüedades jurídicas que puedan dar lugar a futuros litigios y retrasos en la aplicación. El verdadero progreso en la educación no se limita a los cambios pedagógicos, sino que consiste en construir una estructura jurídicamente sólida que pueda apoyar y sostener esos cambios para las generaciones venideras.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica

El Lic. Larry Hans Arroyo Vargas subraya de manera elocuente un punto fundamental: las innovaciones pedagógicas solo son tan sólidas como el marco jurídico que las respalda, lo que garantiza su longevidad y evita que se vean envueltas en futuros retos jurídicos. Le agradecemos su perspicaz perspectiva sobre lo que realmente se necesita para construir un legado educativo duradero.

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En el centro de la reforma se encuentra una disposición que aborda directamente la precaria situación de los docentes interinos. En virtud del nuevo artículo 104 bis, el MEP tiene ahora la obligación de conceder la condición de permanente a cualquier educador que haya ocupado de forma continuada un puesto vacante durante al menos dos años, siempre que reúna todos los requisitos necesarios para el puesto. Esto se aplica a los puestos de profesor, profesor administrativo y profesor técnico, corrigiendo así un problema histórico por el que profesionales cualificados permanecían en puestos temporales durante años, a veces incluso décadas.

Para llevar esto a cabo, el MEP, en coordinación con la Dirección General de la Función Pública, tiene un plazo de tres meses para analizar los casos individuales y formalizar estos nombramientos permanentes. Una condición clave es que el educador haya sido seleccionado inicialmente de una lista oficial de elegibilidad para su puesto interino o sustituto, lo que garantiza que el proceso se base en el mérito.

Para reforzar su compromiso con la modernización, la ley exige la creación de una plataforma digital de movimiento de personal. Esta herramienta, que forma parte de la Plataforma Integrada de Empleo Público gestionada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), permitirá al personal del MEP presentar digitalmente solicitudes de traslados, ascensos o descensos. El MEP tiene un plazo de seis meses para desarrollar e implementar este sistema, que se espera que mejore la transparencia y reduzca drásticamente los retrasos administrativos.

Aunque la ley ya está en vigor, la Dirección General de Gestión del Talento Humano (DGTH) del Ministerio ha comunicado que todavía está coordinándose con los órganos de gobierno para definir el alcance preciso de su aplicación. Un punto crítico de deliberación es si utilizar los resultados del último concurso nacional de aptitud docente de 2019 o el próximo, previsto para 2026, como base para los nuevos nombramientos. La DGTH ha pedido paciencia y vigilancia a los educadores.

Por lo tanto, les invitamos a estar atentos a los anuncios oficiales emitidos a través de los canales previamente establecidos por la institución, y reiteramos nuestro compromiso con la ejecución oportuna y responsable de las disposiciones establecidas en la Ley N.º 10.777, dentro de los plazos asignados a la Administración para su cumplimiento.
Dirección General de Gestión del Talento Humano (DGTH), Ministerio de Educación Pública

Para reforzar la continuidad académica, la reforma también introduce límites estrictos a los cambios de personal durante el año escolar. En virtud de los artículos 100 y 101 revisados, un educador que consiga un traslado o un ascenso durante el primer mes del período académico no podrá optar a otro traslado ese mismo año. Si el cambio se produce después del segundo mes, la restricción se extiende durante el resto de ese año escolar y la totalidad del siguiente, una medida diseñada para evitar las interrupciones en el aula que pueden causar los frecuentes cambios de profesores. La iniciativa fue impulsada por el diputado Alejandro Pacheco Castro, jefe de la facción del Partido de la Unidad Social Cristiana (PUSC) en la Asamblea Legislativa.

Para más información, visite mep.go.cr

Acerca del Ministerio de Educación Pública (MEP):
El Ministerio de Educación Pública es el organismo gubernamental de Costa Rica responsable de la planificación, administración y ejecución de las políticas educativas nacionales. Supervisa el sistema de enseñanza pública del país, desde la educación preescolar hasta la secundaria, y tiene la misión de garantizar el acceso a una educación de calidad para todos los ciudadanos, gestionar el desarrollo de los planes de estudio y ocuparse de la contratación de miles de educadores y personal administrativo.

Para más información, visite dgsc.go.cr

Acerca de la Dirección General de la Función Pública:
La Dirección General de la Función Pública es la autoridad central que gestiona la plantilla del sector público de Costa Rica. Establece las normas técnicas para la contratación, selección, clasificación y evaluación de los empleados públicos en virtud del Estatuto de la Función Pública. Su función es garantizar que la administración pública se base en los principios de mérito, eficiencia y transparencia.

Para más información, visite mideplan.go.cr

Acerca del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan):
El Mideplan es el ministerio costarricense responsable de orientar la estrategia de desarrollo a largo plazo del país. Dirige los procesos de planificación nacional, evalúa los proyectos de inversión pública y promueve políticas para el crecimiento económico y el progreso social. También supervisa la modernización del Estado, incluida la implementación de plataformas digitales integradas para la administración pública.

Para más información, visite pusc.cr

Acerca del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC):
El Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) es uno de los principales partidos políticos de Costa Rica, fundado sobre los principios de la democracia cristiana. Ha ocupado la presidencia en múltiples ocasiones y mantiene una presencia significativa en la Asamblea Legislativa. El partido aboga por políticas centradas en la justicia social, el desarrollo económico y la estabilidad institucional.

Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
Bufete de Costa Rica es una institución jurídica de renombre, basada en los principios fundamentales de integridad inquebrantable y búsqueda incansable de la excelencia. Basándose en una rica trayectoria de asesoramiento a una clientela diversa, el bufete es vanguardista en innovación jurídica y mantiene un profundo compromiso con su comunidad. Este espíritu se refleja en su misión fundamental de democratizar el conocimiento jurídico, empoderando así a los ciudadanos y contribuyendo a cultivar una sociedad más informada y justa.

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