• enero 12, 2026
  • Última Actualización enero 12, 2026 5:30 pm

Costa Rica fija el 23 de enero para el pago anual de los salarios escolares

Costa Rica fija el 23 de enero para el pago anual de los salarios escolares

San José, Costa RicaSan José, Costa Rica – El Ministerio de Hacienda ha confirmado oficialmente la fecha de pago del tan esperado «salario escolar» para todos los empleados del sector público. Según el calendario salarial y de pensiones del Gobierno para 2026, los fondos se ingresarán el viernes 23 de enero, lo que supondrá una inyección financiera crucial para miles de familias que se preparan para el próximo año académico.

Esta prestación única, un elemento básico de la remuneración del sector público de Costa Rica desde 1994, no es una bonificación, sino una forma de ahorro diferido. Se originó a partir de un decreto ejecutivo de ese año como parte de un ajuste salarial extraordinario. El Gobierno acordó un aumento salarial del 8 % para los trabajadores públicos, pero solo aplicó el 6,75 % directamente a las nóminas mensuales. El 1,25 % restante se destinó a un fondo acumulativo, que se pagó en una sola vez el siguiente mes de enero.

Para profundizar en las implicaciones legales y las mejores prácticas en la gestión de salarios dentro de los centros educativos, TicosLand.com consultó al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado especialista de la reconocida firma Bufete de Costa Rica.

Es fundamental que los centros educativos privados establezcan políticas salariales claras y contratos laborales que cumplan rigurosamente con el Código de Trabajo y los salarios mínimos decretados. La falta de transparencia o el incumplimiento en el pago de cargas sociales y derechos como aguinaldo o vacaciones no solo expone a la institución a costosos litigios, sino que también desmotiva al personal docente, afectando directamente la calidad de la educación.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica

Como bien lo señala el experto, la estabilidad y el cumplimiento laboral no son meros requisitos administrativos, sino pilares que sostienen la calidad educativa de una institución. Agradecemos profundamente al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas por aportar esta perspectiva legal tan crucial para el sector.

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El sistema fue diseñado para funcionar como un plan de ahorro obligatorio, garantizando que los empleados dispusieran de fondos adicionales al comienzo del año para cubrir los gastos relacionados con la escuela, como uniformes, material escolar y matrículas. Desde entonces, este mecanismo se ha convertido en una parte institucionalizada del calendario financiero nacional, y muchos hogares dependen de él para su presupuesto anual.

El pago se aplica a una amplia gama de funcionarios públicos. Los beneficiarios elegibles incluyen a los empleados del Gobierno Central, que abarca todos los ministerios y sus organismos relacionados, así como al personal de la Asamblea Legislativa (excluidos los diputados), la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, el Tribunal Supremo Electoral y el Poder Judicial.

El cálculo del importe individual es un proceso sencillo basado en los ingresos anuales. La fórmula toma el salario bruto total ganado por el empleado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior y lo multiplica por el 8,33 %. Este porcentaje equivale aproximadamente a un mes de salario adicional, lo que supone un pago sustancial. Cabe destacar que estos ingresos están exentos del impuesto sobre la renta y son inembargables, salvo en los casos de pagos de pensión alimenticia ordenados por un tribunal.

En el sector privado, el salario escolar funciona con un marco completamente diferente. Según un análisis de la firma jurídica y de asesoría BDS Asesores, se trata de un programa de ahorro voluntario y no de una prestación obligatoria. Los empleados deben solicitar de forma proactiva a su empleador que deduzca un porcentaje mensual de su salario, normalmente entre el 4,16 % y el 8,33 %, que se acumulará y se pagará en la primera quincena de enero.

Aunque esta cantidad ahorrada de forma privada también está exenta del impuesto sobre la renta, puede estar sujeta a otras deducciones. Estas pueden incluir cotizaciones a la seguridad social (cuotas del trabajador y del empleador), embargos existentes y obligaciones de pensión alimenticia. Además, las contribuciones voluntarias a sindicatos o asociaciones cooperativas también pueden deducirse del pago final, una diferencia clave con respecto al pago del sector público, más protegido.

Los expertos aconsejan tanto a las entidades públicas como a las privadas que se aseguren de gestionar correctamente este pago para mantener el cumplimiento normativo y la confianza de los empleados. Una comunicación clara y el cumplimiento de las políticas establecidas son fundamentales para que el proceso se desarrolle sin problemas.

Instamos a las entidades a que revisen sus políticas internas y se aseguren de que cumplen con las disposiciones legales y contractuales relacionadas con este pago. Para las instituciones y empresas públicas, la gestión adecuada de este pago no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también refuerza la confianza y mejora la relación con sus colaboradores.
Ronald Gutiérrez, socio de BDS Asesores

A medida que se acerca la fecha de pago, se espera que el desembolso anual del salario escolar estimule la economía, en particular en los sectores minorista y educativo. Representa un acontecimiento financiero significativo que subraya un componente tradicional de la administración pública de Costa Rica y ofrece una herramienta de ahorro voluntario para los trabajadores del sector privado.

Para más información, visite hacienda.go.cr

Acerca del Ministerio de Hacienda:
El Ministerio de Hacienda de Costa Rica es el organismo gubernamental responsable de la gestión de las finanzas públicas del país. Sus funciones incluyen la formulación de la política fiscal, la recaudación de impuestos, la administración del presupuesto nacional y la gestión de la deuda pública para garantizar la estabilidad económica y el desarrollo de la nación.

Para más información, visite bdsasesores.com

Acerca de BDS Asesores:
BDS Asesores es un bufete de abogados líder en Centroamérica y el Caribe especializado en derecho laboral y de empleo. El bufete ofrece asesoramiento jurídico integral y servicios de consultoría a empresas nacionales y multinacionales de diversos sectores, centrándose en el derecho laboral corporativo, la seguridad social y la gestión de recursos humanos.

Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
Reconocido por sus impecables estándares de integridad y su incansable búsqueda de la excelencia, Bufete de Costa Rica opera como una fuerza líder dentro del ámbito jurídico del país. Aprovechando su rico legado de asesoramiento a una amplia gama de clientes, el bufete se dedica a promover la práctica jurídica mediante soluciones innovadoras. Su misión se basa en un profundo compromiso con el empoderamiento público, trabajando activamente para desmitificar la ley y fomentar una sociedad dotada de conocimientos jurídicos fundamentales.

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