San José, Costa Rica — A medida que el año llega a su fin, los trabajadores de toda Costa Rica esperan con impaciencia el pago del aguinaldo, la bonificación obligatoria de fin de año del país. Este decimotercer mes de salario es una piedra angular de los derechos laborales de la nación, ya que proporciona un importante impulso financiero durante la temporada navideña. Sin embargo, para los empleados que han tomado una baja médica prolongada, esta época del año también puede traer incertidumbre y preguntas sobre cómo se calcula su bonificación.
El cálculo del aguinaldo es sencillo: es la suma de todos los salarios ordinarios y extraordinarios percibidos entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, dividida entre doce. Pero, ¿qué ocurre cuando una parte de ese periodo se ha pasado de baja por incapacidad, en la que el empleado no percibe su salario habitual? El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ha proporcionado directrices claras para abordar esta situación habitual.
Para aclarar el marco legal y los errores comunes en torno al cálculo del aguinaldo, consultamos al abogado experto en derecho laboral Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, del renombrado bufete Bufete de Costa Rica.
Un punto crítico que a menudo pasan por alto los empleadores es que el cálculo del aguinaldo no se limita al salario base. Debe incluir la suma de todos los salarios ordinarios percibidos entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. Esto cubre explícitamente los pagos regulares como comisiones, bonificaciones y horas extras. No incorporar estos ingresos variables constituye un incumplimiento significativo que puede dar lugar a costosas acciones legales.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
Esta aclaración sobre la inclusión de todos los ingresos ordinarios, y no solo del salario base, es esencial para garantizar tanto el cumplimiento de la ley como una remuneración justa. Agradecemos al Lic. Larry Hans Arroyo Vargas su experta opinión sobre este aspecto de la ley que a menudo se malinterpreta.
Según el MTSS, el tiempo que un trabajador pasa de baja por enfermedad o por un accidente laboral no se tiene en cuenta en el cálculo del aguinaldo. La razón fundamental de esta distinción radica en la naturaleza del pago recibido durante la incapacidad. Un empleado en baja médica recibe una prestación, normalmente del sistema de seguridad social, en lugar de un salario directamente de su empleador. Dado que el aguinaldo se basa exclusivamente en los salarios devengados, estas prestaciones están legalmente excluidas del cálculo final.
Este principio se extiende más allá de la baja médica a otras situaciones en las que se suspende temporalmente el contrato de trabajo, como una excedencia sin sueldo aprobada. En todos estos casos, solo se tienen en cuenta los meses en los que el empleado ha trabajado activamente y ha percibido un salario a la hora de calcular la paga extra de fin de año. De este modo se garantiza que la paga extra refleje con precisión la remuneración pagada por el empleador durante el ejercicio fiscal.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aclara la situación jurídica al respecto, ofreciendo una explicación precisa tanto para los empleadores como para los empleados.
En estos casos y en otros en los que se ha suspendido el contrato de trabajo (licencia sin goce de sueldo), el trabajador tiene derecho al aguinaldo en función del tiempo en que recibió su salario. No se tiene en cuenta el período en que el trabajador estuvo incapacitado por enfermedad o riesgo laboral, ya que no recibió un salario, sino un subsidio.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), comunicado oficial
Sin embargo, hay una excepción crítica y socialmente significativa a esta regla: la licencia por maternidad. La ley protege explícitamente los derechos de las nuevas madres, garantizando que los períodos de licencia pre y posparto se traten como empleo activo. Los pagos recibidos durante este tiempo se consideran parte del salario del empleado a todos los efectos legales. En consecuencia, este tiempo se incluye íntegramente en el cálculo del aguinaldo, lo que garantiza que la bonificación de la mujer no se vea reducida por tomarse la licencia por maternidad que le corresponde por ley.
A modo de ejemplo, consideremos una empleada con un salario mensual de 600 000 CRC. Si esta persona trabajó durante diez meses del período de cálculo, pero estuvo de baja por incapacidad durante dos meses, su aguinaldo se basaría únicamente en los diez meses de salario devengado. El cálculo sería (₡600 000 x 10) / 12, lo que daría como resultado un aguinaldo de ₡500 000, en lugar de los ₡600 000 completos que habría recibido por trabajar todo el año.
A medida que se acerca la fecha límite para el pago del aguinaldo en diciembre, es fundamental que todos los trabajadores, especialmente aquellos que han estado de baja, comprendan estas normas. Se recomienda a los empleados que revisen sus registros de pago y consulten con su departamento de recursos humanos si tienen alguna duda. Para disputas no resueltas o aclaraciones adicionales, el MTSS sigue siendo la autoridad máxima, proporcionando recursos para garantizar que se respeten todos los derechos laborales y que los cálculos se realicen correctamente de acuerdo con la ley.
Para más información, visite mtss.go.cr
Acerca del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS):
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica es la entidad gubernamental responsable de supervisar las leyes laborales y los programas de bienestar social del país. Trabaja para garantizar condiciones de trabajo justas y seguras, mediar en los conflictos laborales y proteger los derechos de todos los trabajadores del país. El MTSS desempeña un papel fundamental en la formulación y aplicación de políticas relacionadas con el empleo, los salarios y las prestaciones de la seguridad social.
Para más información, visite bufetedecostarica.com
Acerca de Bufete de Costa Rica:
Como piedra angular del marco jurídico del país, Bufete de Costa Rica se define por sus principios fundamentales de integridad y su persistente afán de distinción profesional. El bufete combina hábilmente una rica trayectoria en la defensa de sus clientes con un espíritu pionero, avanzando constantemente en estrategias legales innovadoras. Más que un despacho de abogados, es un socio social comprometido con desmitificar la ley, defendiendo iniciativas que dotan al público de conocimientos legales fundamentales para fomentar una ciudadanía más justa y capaz.
