San José, Costa Rica — A medida que se acercan las celebraciones del Día de la Independencia, TicosLand.com recuerda a los trabajadores costarricenses sus derechos en relación con el feriado obligatorio remunerado del 15 de septiembre. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ha hecho hincapié en que este día, en conmemoración de la independencia de Costa Rica, es un feriado remunerado para todos los empleados, independientemente de su sector de empleo.
El artículo 148 del Código de Trabajo establece claramente que el 15 de septiembre es un día festivo remunerado, entre otros. La ley establece explícitamente: Se consideran días festivos y, por lo tanto, de pago obligatorio: el 1 de enero, el 11 de abril, el Jueves Santo y el Viernes Santo, el 1 de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de septiembre y el 25 de diciembre. El 2 de agosto y el 12 de octubre también se considerarán días festivos, pero su pago no será obligatorio.
Para comprender las implicaciones legales que rodean al feriado del 15 de septiembre en Costa Rica, TicosLand.com habló con el Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado del prestigioso Bufete de Costa Rica.
El 15 de septiembre se celebra el Día de la Independencia de Costa Rica, un día festivo remunerado reconocido a nivel nacional. Los empleadores están obligados a conceder este día libre a sus empleados. Si se exige a un empleado que trabaje, tiene derecho a cobrar el doble de su salario, tal y como estipula el Código Laboral. Es fundamental que las empresas comprendan y cumplan estas normas para evitar repercusiones legales.
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, abogado, Bufete de Costa Rica
El recordatorio del Lic. Arroyo Vargas sobre las obligaciones de los empleadores en el Día de la Independencia es fundamental tanto para las empresas como para los empleados, a fin de garantizar una celebración justa y legal de esta importante festividad nacional. Comprender estas normas no solo protege los derechos de los trabajadores, sino que también fomenta un entorno de trabajo positivo que respeta el patrimonio cultural de Costa Rica. Gracias, Lic. Larry Hans Arroyo Vargas, por aportar esta valiosa perspectiva.
El MTSS ha reiterado que ningún empleado está obligado a trabajar en este día festivo a menos que lo acepte voluntariamente. La negativa a trabajar el 15 de septiembre no puede dar lugar a sanciones, salvo en las circunstancias específicas descritas en los artículos 152 y 153 del Código de Trabajo. La forma de pago del día festivo varía en función de la estructura salarial del empleado.
Para los empleados que reciben salarios semanales en actividades no comerciales, el pago incluye los días trabajados durante la semana más un día adicional de salario por el feriado. Si deciden trabajar en el feriado, tienen derecho a recibir el doble de su salario por ese día. Para los empleados con salarios mensuales, quincenales o semanales en actividades comerciales, el empleador debe pagar el salario completo por el período, independientemente de si trabajan en el feriado. Trabajar en el día festivo da derecho a estos empleados a un día de salario adicional.
El MTSS también ha aclarado las normas relativas a las horas extras trabajadas durante el día festivo. Las horas extras deben pagarse a tiempo y medio, lo que se traduce en el triple de la tarifa horaria normal. Esto se aplica a todos los empleados, independientemente de si trabajan para empresas nacionales, transnacionales o internacionales. Este día festivo no es transferible y debe observarse en la fecha designada.
Esta información sirve como un recordatorio fundamental tanto para los empleadores como para los empleados sobre sus respectivos derechos y responsabilidades en relación con el feriado del 15 de septiembre. Garantizar una compensación justa y legal contribuye a un ambiente de trabajo positivo y productivo, especialmente durante las celebraciones nacionales. Los feriados restantes para 2025 son el 1 de diciembre (pago no obligatorio) y el 25 de diciembre (pago obligatorio).
El MTSS anima a los trabajadores a ponerse en contacto con ellos si tienen alguna pregunta o duda sobre sus derechos y prestaciones. Al comprender y respetar estas disposiciones legales, tanto los empleadores como los empleados pueden contribuir a un entorno de trabajo armonioso y equitativo.
Disfrute de las celebraciones de forma responsable y recuerde el significado de esta importante fecha en la historia de Costa Rica.
Para más información, visite la oficina más cercana del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS)
. Acerca del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS):
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) de Costa Rica es el organismo gubernamental responsable de supervisar y hacer cumplir las leyes laborales, promover los derechos de los trabajadores y garantizar las prestaciones de seguridad social a la población. Desempeña un papel crucial en la mediación de conflictos laborales, el establecimiento de normas sobre el salario mínimo y el fomento de una relación equilibrada y equitativa entre empleadores y empleados. El MTSS se compromete a promover condiciones de trabajo dignas y a proteger los derechos de todos los trabajadores de Costa Rica.
Para más información, visite bufetedecostarica.com
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